En un post anterior os contábamos qué es la “cláusula suelo” y como actuar ante el Banco si sois uno de los afectados. GUÍA CLÁUSULA SUELO: DUDAS MÁS FRECUENTES
Pues bien, la cláusula suelo también tiene impacto en nuestra declaración de la renta:
– En primer lugar, si has tenido que reclamar la supresión de la cláusula suelo por vía judicial, puedes incluir en tu renta los gastos de abogado y procurador por la reclamación al Banco, como gastos deducibles.
– En segundo lugar, si te han suprimido la cláusula y devuelto cantidades en consecuencia, para ver si lo que te han devuelto afecta a algún otro punto de tu declaración de la renta el criterio determinante va a ser la existencia o no de beneficios fiscales:
- Si no te has venido desgravando la hipoteca en tu declaración de la renta no tienes obligación de declarar los importes obtenidos en concepto de devolución de la cláusula suelo.
- Si te has venido desgravando la hipoteca, bien porque hablamos de tu vivienda habitual o porque tienes alquilada la vivienda y has estado declarando los intereses como gasto deducible del alquiler sí parece necesario que comuniques a Hacienda las cantidades recibidas: se entiende que en tanto el Banco nos ha cobrado de más nosotros nos hemos estado deduciendo de más y en definitiva hemos obtenido más beneficios fiscales de los que nos correspondían.
* Cómo tendrás que hacer la comunicación a Hacienda: Mediante declaraciones complementarias, y sí, hablamos en plural, porque tendrás que realizar una correspondiente a cada ejercicio 2013,2014 y 2015 (las deudas tributarias prescriben a los cuatro años, por lo que aún te pueden reclamar lo de 2013).
La operación como tal es sencilla: consiste en restar lo devuelto a la base de la deducción del año en cuestión y ver si cambia o no el resultado de la declaración de IRPF, es decir:
- Puede que cambie el resultado y te salga a pagar porque efectivamente al contabilizar la devolución de cláusula suelo ahora salga que te dedujiste de más en su día.
- Puede que lo pagado supere el límite de la deducción y aún restándole las cantidades devueltas siga superándolo. No tendrás que pagar.
- Puede que en la declaración inicial la deducción no afectara al resultado final por lo que ahora tampoco supondrá nada.
Si crees que la devolución de la cláusula suelo puede afectar a tu declaración de la renta es importante que te asesores personalmente: nosotros hablamos en líneas generales para que os hagáis una idea sobre el tema pero lo cierto es que Hacienda aún no ha determinado un modelo claro a seguir ante esta situación y eso hace imprescindible estudiar el caso concreto.
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