RENTA 2015: PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN FUERA DE PLAZO

Ayer 30 de Junio fue el último día para presentar, dentro del período voluntario, la declaración de la renta. Si se te ha pasado el plazo lo mejor es que presentes la declaración sin que Hacienda te requiera previamente, aunque de todas formas tendrás que hacer frente a recargos y sanciones. Las consecuencias variarán en función de si te sale la declaración a pagar o a devolver.

  1. Resultado de la declaración: a ingresar: Tendrás que hacer frente a un recargo, que variará dependiendo de lo que tardes en presentar la declaración:
  1. Si lo haces dentro de los 3 meses siguientes a la finalización del plazo tendrás que pagar un recargo del 5% sobre la cantidad a ingresar.
  2. Entre 3 y 6 meses corresponderá un recargo del 10%.
  3. Entre 6 y 12 meses se aplicará un recargo del 15%.
  4. Transcurridos más de 12 meses el recargo será del 20%.

En los tres primeros casos sólo tendrás que pagar el recargo, no hay sanción ni intereses de demora. En el último caso, es decir, que hayan pasado más de 12 meses desde la finalización del plazo para presentar declaración en período voluntario, habrá que pagar intereses de demora a partir de que se cumplan esos doce meses y durante el período transcurrido hasta que presentes la declaración.

        2. Resultado de la declaración: a devolver: No pierdes tu derecho a solicitar la devolución, si bien tendrás que hacer frente a una sanción por presentar la declaración fuera del período voluntario, lo que se considera una infracción de carácter leve (reducida además a la mitad por hacerlo antes de que te requiera Hacienda): 100 euros.

La situación es muy distinta si es la Agencia Tributaria la que te reclama la presentación de la declaración, pues a los recargos y sanciones anteriormente indicados tendrás que añadir:

  1. Resultado de la declaración: a ingresar: a los recargos anteriormente señalados tendrás que aplicar un interés de demora sobre la cuota de IRPF que deba ingresarse. Además, la falta de presentación supone una infracción tributaria que lleva aparejadas sanciones entre el 50% y el 150% de la cuota. Importante que en este caso des tu conformidad y realices el pago lo antes posible pues puedes ver reducidas considerablemente estas sanciones.
  2. Resultado de la declaración: a devolver: multa fija de 200 euros. (100 euros más que si hubieras presentado la declaración antes de que Hacienda te la reclamara).

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