Si has tenido un accidente y el vehículo culpable no sólo no se ha parado, sino que se ha dado a la fuga y no te ha dado tiempo a coger la matrícula entera te preguntarás si es posible reclamar los daños sufridos en tu coche y las lesiones del conductor y/u ocupantes. Aquí te contamos cómo funciona la reclamación en estos casos y los pasos que es conveniente que sigas para que tengas mayores posibilidades de éxito.
Empecemos por ver a quién debemos dirigir la reclamación: cuando pagamos la prima correspondiente de nuestro seguro del coche una parte de la misma va a parar al Consorcio de Compensación de Seguros (en adelante Consorcio o CCS), entidad que se encarga de gestionar e indemnizar este tipo de accidentes con vehículo desconocido o a la fuga.
En estos casos el Consorcio cubrirá:
- Lesiones de conductor y ocupantes.
- Daños materiales del vehículo, en aquellos casos en que las lesiones han sido significativas (fallecimiento, incapacidad permanente o incapacidad temporal que requiera intervención quirúrgica o estancia hospitalaria superior a 7 días). Es posible que se fije una franquicia, nunca superior a 500 euros.
Lógicamente, el Consorcio se hará cargo de lo anterior siempre que, una vez realizados los trámites de reclamación correspondientes, quede suficientemente acreditada la existencia del accidente, la responsabilidad del vehículo que se ha dado a la fuga y el consecuente resultado lesivo. Por ello, es conveniente que en caso de accidente no olvides tener en cuenta los siguientes puntos:
- En el mismo momento y lugar del accidente puede resultar muy útil recabar toda la información posible de los testigos presenciales, sobre todo si saben la marca, modelo y/o color del vehículo que se ha dado a la fuga y han visto cómo ha ocurrido el accidente. Necesitarás nombre completo, DNI y al menos teléfono (aconsejable pedir también la dirección).
- Realizar fotos del coche para ver cuál es su estado inmediatamente después del siniestro.
- Para reforzar lo anterior, siendo éste el paso fundamental, debes solicitar la intervención de la Autoridad competente a fin de que realicen el correspondiente Atestado: ten en cuenta que ellos no sólo van a constatar la existencia de daños en el vehículo sino que pueden realizar un estudio más completo en caso de que haya huellas de frenada, restos en la calzada o restos de pintura que se hayan transferido de un vehículo a otro. Además, solicitarán ellos mismos los datos de los testigos o en caso de que seas tú el que se los facilite, los incorporarán al Atestado e incluso añadirán una declaración de los mismos.
- En caso de sufrir lesiones, acude inmediatamente al hospital o centro de salud más cercano. Actualmente la ley exige esa inmediatez para valorar una posible indemnización por daños personales.
- Los ocupantes siempre tienen la consideración de “perjudicados” en cuanto a daños personales se refiere, por lo que si finalmente no resulta viable la reclamación al CCS tendrán que realizar la reclamación a tu propia aseguradora.
- Este último punto viene directamente determinado por el anterior: Es muy importante recopilar toda la información médica acreditativa del proceso: informes médicos, partes de baja, informes de pruebas diagnósticas realizadas, gastos farmacéuticos y / o de transporte.
Como resumen: En caso de tener un accidente con vehículo desconocido o que se da a la fuga puedes dirigirte al Consorcio de Compensación de Seguros para reclamar las lesiones sufridas como conductor u ocupante; ten en cuenta que la indemnización de daños materiales está excluida como norma general, salvo en caso de lesiones muy graves, así que salvo que tengas contratada cobertura de daños propios con tu aseguradora va a ser muy difícil que te arreglen los daños del coche. En el momento del accidente guarda la calma todo lo que puedas, solicita la intervención de la Autoridad para que levanten Atestado de lo sucedido e intenta disponer de los mayores testigos posibles.
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