En general, la inscripción del menor en actividades extraescolares debe ser pactada de común acuerdo por ambos progenitores, al ser una cuestión independiente de quién tenga atribuida la guarda y custodia del menor, perteneciendo a la esfera de la patria potestad.
Es frecuente que surjan conflictos entre padres separados cuando se toca este tema, bien porque uno quiera que el hijo asista a una determinada actividad y el otro quiera que asista a otra o bien a ninguna. Hay varias soluciones posibles:
- Como indicábamos al principio, fijación de común acuerdo por los progenitores.
- Si no es posible lo anterior, durante los períodos de estancia con cada uno de los padres, será el progenitor en cuestión quien determine las actividades que va a realizar el menor durante ese tiempo. Como ejemplo, la madre no podrá decidir unilateralmente una actividad para su hijo los lunes y miércoles de 17 a 18 horas si durante ese período de tiempo le corresponde estar con su padre, salvo que éste lo consienta.
En caso que el progenitor no preste su consentimiento y el otro insista en la inscripción del menor en esa actividad extraescolar en período de régimen de visitas deberán acudir al juez que valorará las circunstancias concurrentes, como son la justificación de la actividad en función de los gustos y solicitud del menor, tiempo que cada progenitor pasa con él, días de realización de la actividad, etc…
En cuanto al progenitor obligado a asumir el coste de las actividades extraescolares y si éstas se engloban dentro de la pensión de alimentos puedes leer nuestro post en el que tratamos específicamente este tema: Pensión de alimentos: Gastos ordinarios y extraordinarios.
Ahora bien, con independencia de lo anterior, una vez que el menor está inscrito en una actividad extraescolar, que por otra parte debemos tener en cuenta que habrá sido por elección propia, en función de sus gustos y preferencias, los progenitores deberán dejar a un lado esa falta de entendimiento y colaborar en beneficio de los intereses del menor, máxima indiscutible en la solución de todos los conflictos de este tipo, seguida además de forma no sólo mayoritaria sino prácticamente unánime por todos los jueces de familia.
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La niña va a ballet un día en semana en una tarde de las q me corresponden , pero la actuación de fin de curso será en un día que le corresponde al padre; puede el padre negarse a llevarla ya que él considera que no quiere que esté en ballet (lo hace por no pagar) ???
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Una vez que la menor ha sido inscrita en la actividad y no solo eso, sino que viene desarrollándola durante todo el curso escolar, se debe dejar a un lado la falta de acuerdo o entendimiento entre los padres, respetando los gustos de la menor y los compromisos que haya adquirido durante el desarrollo de la actividad, que lógicamente querrá culminar en la fiesta de fin de curso. En última instancia si el padre continúa negándose a llevarla habrá que acudir al juez para que dirima la controversia pero bajo mi punto de vista no hay motivo ni razonable ni, mucho menos, jurídico, para dicha negativa. Un saludo y gracias por recurrir a nosotros para hacer tu consulta.
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Buenas tardes, mi hija va a ballet en uno de los días que le corresponde estar con el padre. Puedo ir a ver a mi hija alguna vez? ese día no me corresponde estar con ella pero me haría mucha ilusión verla un momento, tiene 5 años y sería algo puntual
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