¿Qué es el sharenting?

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Es más que frecuente encontrarnos con padres que usan las redes sociales para subir fotos de sus hijos desde que son bebés, e incluso antes de nacer, colgando la típica foto de la ecografía prenatal, a fin de compartirla con familiares y amigos para presumir de sus logros o simplemente por ese exhibicionismo que caracteriza (siempre como regla general) a los usuarios de redes sociales, para conseguir cuantos más “me gusta” mejor (muchas veces parece que lo que no se publica ni se comparte “no está en el mundo”); así las cosas, encontramos fotos de los niños en su primer día de cole, en el parque, en la fiesta de fin de curso, carnavales o dándose su primer baño en el mar, de forma que van configurando, sin tener aún capacidad para decidir si así lo quieren, una vida pública, algo que al menos jurídicamente hablando no está exento de riesgos.

37361-200Esta tendencia, como decimos, cada vez más usual por parte de los padres, se conoce popularmente con el nombre de “sharenting”, resultante de la fusión del término inglés “share” (compartir) y “parenting” (crianza o forma de ejercer como padres); no sólo hablamos de una posible intromisión o incluso vulneración de la privacidad y derecho a la intimidad de los menores sino que esta conducta entraña otros peligros, que afectan a diversas facetas:

  • En Internet la privacidad no es algo blindado, no está garantizada 100%, de forma que desde el mismo momento que compartimos una foto en la red asumimos que pasa a ser pública, con todas las consecuencias que ello conlleva. Dejamos de tener control sobre esa foto y no sabemos a qué manos puede llegar y el uso o finalidad que se le puede llegar a dar, descargándose la foto, manipulándola y volviéndola a compartir en la red. Y no sólo nos estamos refiriendo a riesgos potenciales de pornografía infantil sino a otro tipo de situaciones que afectan a los menores y son cada vez más frecuentes, como es el ciberbullying.

    *En relación al ciberbullying te interesará leer nuestro artículo publicado en icamalaga blog: http://www.icamalaga-blog.com/2016/10/regulacion-legal-del-ciberbullying.html

  • Las funciones de localización / ubicación que muchas veces están activadas a la hora de compartir una foto en lugar y tiempo real pueden permitirle a personas extrañas a nuestro entorno conocer datos relevantes de nuestros hijos sobre dónde se encuentran o qué sitios frecuentan.

  • La imagen de una persona, por otro lado, es un dato de carácter personal, y como tal, está protegida por la normativa de protección de datos. En España, hasta que un menor cumpla los 14 años de edad serán sus padres o tutores los encargados de dar el consentimiento a la hora de tratar estos datos de carácter personal (para saber más puedes leer nuestro post ¿Se puede prohibir o limitar a los menores el uso de las redes sociales? ¿Existe una edad mínima de acceso? ; esto puede crear conflictos familiares en caso de separación o divorcio, cuando hay desacuerdo entre los progenitores a la hora de publicar o no fotos en redes sociales. Para saber cómo se resuelven estas situaciones puedes leer nuestro post IMÁGENES DE LOS MENORES DE EDAD EN REDES SOCIALES: CONNOTACIONES LEGALES

Muchos de los que estéis leyendo este post pensaréis que igualmente vais a seguir compartiendo vuestras fotos y las de vuestros hijos dónde, cómo y cuándo os apetezca; y no sólo es lícito sino que, salvo que la foto o fotos en cuestión atenten gravemente contra los intereses del menor, la ley no prohíbe publicar imágenes de los menores en redes sociales. Únicamente no está de más recordar que a los padres les corresponde ejercer la patria potestad en beneficio de los hijos, velando por su seguridad, protegiendo su integridad (física y psicológica)y respetando su personalidad; teniendo esto en cuenta no pasa nada por pararnos un momento a preguntarnos: ¿En qué beneficia a mi hijo que suba según que fotos a una red social?

En definitiva, vale la pena valorar los riesgos que entraña el “sharenting” en cuanto a seguridad personal y privacidad se refiere, y a partir de aquí, como siempre, si se decide publicar imágenes de los menores, hacerlo siempre siguiendo una serie de precauciones:

  • Configurar adecuadamente las opciones de privacidad de las cuentas, restringiendo al máximo la privacidad a la hora de compartir la foto de un menor.

  • Desactivar funciones de localización / ubicación de imágenes, y nunca poner títulos ni hacer comentarios sobre los centros escolares o sitios frecuentados por el menor.

  • Nunca subir fotos de los niños desnudos, en la playa o la hora del baño.

  • Siempre que se trate de niños más mayores, con mayor consciencia, es conveniente preguntarle su opinión a la hora de compartir una foto suya.

Si te ha resultado interesante nuestro artículo, por favor, comparte con tus contactos en redes sociales. 

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