¿Puede un progenitor condenado por amenazas o maltrato a su cónyuge o pareja solicitar la custodia compartida de sus hijos? ¿Puede hacerlo si no está condenado pero tiene una orden de alejamiento?
Para contestar a estas preguntas, vamos a ver primero qué dice la ley:
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El Código Civil (art. 94), al tratar el tema del derecho de visitas del progenitor no custodio, indica que el juez podrá limitar o suspender tal derechos si se dan “graves circunstancias que así lo aconsejen”.
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Ley de Enjuiciamiento Criminal (art. 544 quinquies) prevé una serie de medidas para los casos en los que se investigue un delito del tipo que tratamos, valorando el juez previamente la situación de riesgo existente y la necesidad de protección de los menores de edad implicados:
1. Suspensión de la patria potestad de alguno de los progenitores, caso en el que fijará o no un régimen de visitas o comunicación de los menores y el progenitor en cuestión.
2. Suspender el régimen de guarda o custodia existente hasta el momento.
3. Suspender o modificar el régimen de visitas o comunicaciones en vigor hasta la fecha.
Por otro lado, el Tribunal Supremo ha manifestado expresamente que la custodia compartida es incompatible con la condena de uno de los cónyuges por amenazas o violencia en el ámbito familiar. La premisa necesaria de la que parten los jueces a la hora de establecer un régimen de custodia compartida es que entre los padres exista una relación de respeto mutuo, lo que no implica necesariamente que tengan que llevarse bien, pero sí tener una predisposición y voluntad de alcanzar acuerdos y soluciones conjuntas en beneficio del menor, que favorezcan su desarrollo personal en sus diferentes facetas.
La existencia de maltrato, aunque solo sea hacia el cónyuge o pareja y no contra los hijos de forma directa, es algo que obviamente va a repercutir de manera negativa en ellos, en todo caso. Va contra el interés superior del menor, concepto básico y recurrente en todas las disposiciones relativas al Derecho de Familia.
Una vez acordado por el juez la supresión o no establecimiento de la custodia compartida en base a la existencia de violencia o maltrato en el ámbito familiar, existen dos alternativas, a valorar igualmente por el juez atendiendo a la situación de riesgo para los menores:
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Establecimiento de un régimen de visitas para el progenitor condenado, una vez escuchados los menores o en base a un informe psicosocial. Está claro que normalmente va a tener un carácter restrictivo, de forma que las visitas se realizarán bajo supervisión en un punto de encuentro familiar, ampliándose o limitándose de forma progresiva en atención a cómo discurran o supeditadas a la realización por parte del condenado de terapias o programas de rehabilitación similares.
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Suspensión o supresión total del régimen de visitas instaurado con anterioridad a la condena.
Según la jurisprudencia, si el juez fija un régimen de visitas en estos casos deben ser sumamente restrictivos y debe predominar la cautela del tribunal a la hora de fijarlos, pues el factor de riesgo es más que evidente en relación a un menor con escasas posibilidades de defensa.
Además de lo anterior, en situaciones en las que aún no hay condena por maltrato o violencia contra ninguno de los cónyuges pero sí un procedimiento judicial abierto, con medidas preventivas como por ejemplo, órdenes de alejamiento, es razonable que el juez acuerde igualmente una limitación o suspensión del régimen de visitas existente hasta la fecha, dado que pueden darse situaciones que entrañen riesgo para la seguridad o bienestar del menor. Hablamos de una suspensión del régimen de visitas temporal, que después será susceptible de revisión una vez haya condena o absolución en el procedimiento judicial correspondiente.
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Pregunto: si hay orden de alejamiento del hombre hacia su pareja porque ella puso una denuncia por violacion, y el juez dictamina libertad condicional + oren de alejamiento de ella, él puede visitar bajo supervisión en piso de punto de encuentro a sus gemelos de dos años? Eso tiene q estar por escrito?
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Cuántas mujeres hay condenadas por malos tratos a sus hijos? Y lo porque no los haya, sino porque los jueces son unos cobardes.
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Buenas tardes yo tengo un bebe de 11 meses .y tube que denunciar a mi expareja p violencia familiar y spsicologica .el ya tiene una perimetral dispuesta por un juez .sin embargo el pidio comunicacional. P no cumple y ahora me llega otra citacion p nueva audiencia de comunicacional .la verdad me afecta demasiado esta situacion. Solo lo vio una vez y al hablar con la persona q lo llevo solo hace comentarios maliciosos . Hay algun tipo de articulo o ley q nos pueda protejer??
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