¿Qué consecuencias tiene para el contribuyente un error en la declaración de la Renta?

Otra de las #PreguntasFrecuentes que nos llegan cuando empieza la campaña de #Renta es qué pasa si nos equivocamos en la declaración; es relativamente frecuente que después de presentarla el contribuyente caiga en la cuenta de deducciones a las que tenía derecho y no están debidamente registradas, algún ingreso o pérdida patrimonial que debería haber declarado y, o bien no lo ha hecho o bien no está correctamente declarado, e incluso se plantee que la opción de tributación por la que ha optado no era la más conveniente a sus intereses y situación personal (optó por la individual y la conjunta era más beneficiosa, o viceversa).

Vamos a diferenciar varias situaciones, en función del momento en el que nos damos cuenta que hay errores en la declaración y, por otro lado, en base al resultado de la segunda declaración: si es favorable a Hacienda o al contribuyente.

  1. Si nos damos cuenta del error antes de finalizar el período voluntario de presentación de la declaración, es decir, en 2019 hasta 1 de julio, la solución no tiene ni mucha complicación a la hora de tramitarse ni ninguna consecuencia negativa para el contribuyente.

  1. Si nos damos cuenta del error una vez transcurrido el plazo anterior nos enfrentamos a sanciones y recargos en función del tiempo que dejemos pasar hasta solucionar el error, pudiendo llegar hasta el 20% del resultado de la declaración. Ojo, que es mucho mejor en cualquier caso que corrijamos la declaración por iniciativa propia, ya que si nos llega por parte de Hacienda como resultado de lo anterior, deberemos hacer frente además a una reclamación por intereses.

Por otra parte, sin olvidarnos de lo anterior, diferenciaremos dos situaciones:

  • Error en la declaración presentada favorable al contribuyente: es decir, una vez hacemos la corrección nos sale una cuota menor a pagar o cuota mayor a devolver: tenemos que presentar en Hacienda una solicitud de devolución de ingresos indebidos, que deberá ir debidamente acreditada y acompañada de la declaración correcta.

  • Error en la declaración presentada desfavorable al contribuyente: hablamos de una cuota mayor a pagar o cuota menor a devolver; hay cuatro años siguientes a la finalización del período voluntario para presentar en Hacienda una declaración complementaria y ajustar debidamente las cantidades, procediendo a la devolución de las que procedan.

Insistimos, como siempre, en que esto son unas normas generales a tener en cuenta como información útil para todos, pero en caso de tener un problema concreto es mejor recurrir a un profesional que estudie las circunstancias personales, familiares y económicas del caso particular. 

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