La plaza de garaje en una Comunidad de Propietarios es fuente frecuente de conflicto; ya hablamos anteriormente en el blog de Normativa de plazas de garaje comunitarias. y hoy vamos a ver cómo puede afrontar la Comunidad una situación en la que un propietario ha cerrado su plaza de garaje.
Si algún propietario pretende llevar a cabo el cerramiento debe solicitar en primer lugar el consentimiento de la Comunidad, mediante solicitud al presidente para que incluya este punto en el Orden del Día. Se someterá a votación y requerirá (según la opinión mayoritaria de los jueces) la UNANIMIDAD de todos los propietarios.
Esto es una exigencia lógica ya que el cerramiento puede dificultar el uso de las zonas comunes del garaje, más teniendo en cuenta que muchas veces se pretende habilitar como trastero o almacén y no es este el uso destinado para ese espacio. La obra de cerramiento supone una alteración de la estructura y, en ocasiones, perjuicios para otros propietarios, con lo que es una cuestión que afecta al Título Constitutivo o Estatutos de la Comunidad y, como tal, requiere de unanimidad para su aprobación.
En otro orden de cosas, al margen de la Comunidad de Propietarios que entiendo debe ser el primer paso, habrá que estar a la normativa administrativa aplicable para ver si hay alguna obligación específica que tener en cuenta o algún permiso que solicitar al Ayuntamiento.
Una opción para salvar tanto el consentimiento de la Comunidad como el permiso administrativo es optar por algún tipo de cerramiento móvil mediante ciertos tipos de cristales, pero eso habrá que verlo caso por caso y hacer las consultas técnicas pertinentes.
En líneas generales, si algún vecino ha cerrado su plaza de garaje sin consentimiento de la Comunidad, esta puede requerir judicialmente la demolición de la construcción y que todo vuelva a su estado inicial. Ojo con dejar pasar el tiempo, que si un juez entiende que ha transcurrido un tiempo considerable sin hacer nada puede entender que la Comunidad ha tolerado la obra y, por tanto, hay un consentimiento tácito sobre la misma.
En el caso que un vecino quiera hacer obras de cerramiento de su plaza de garaje y existan plazas cerradas con anterioridad este podrá alegarlo para que la Comunidad no pueda prohibir la obra.
Si te ha resultado útil nuestro artículo, por favor, comparte con tus contactos en Redes Sociales.
Puede interesarte leer el siguiente contenido relacionado: Artículos – Comunidades de Propietarios
SUSCRÍBETE AL BLOG para estar al día de nuestras publicaciones y recibirlas directamente en tu bandeja de entrada del correo electrónico.
Buenas tardes.
Me gustaría compartir mi caso con ustedes para que me digan su opinión, si son tan amables.
Tengo 3 plazas de garaje consecutivas en una comunidad de cocheras.
He solicitado en una junta de propietarios permiso para poder cerrar la plaza del medio (y así no afectar a ningún propietario)
El administrador me dice que, si me autorizan a cerrar mi plaza, eso conllevará a que cuando otro propietario quiera cerrar su plaza, pueda hacerlo sin pedir permiso.
¿Está en lo cierto el administrador? ¿O si en el futuro otro propietario quisiera cerrar su plaza de garaje tendría que pedir permiso como yo lo he hecho?
Por otro lado, ¿cuando se dice que el permiso lo deben de conceder los propietarios por unanimidad (o 3/5 partes), se refieren a los propietarios que acudan a la reunión donde se debata este punto?
Agradeciendo vuestras opiniones. Saludos
Me gustaMe gusta
Gracias por su artículo. Mi cuestión es más delicada. Un vecino quiere instalar una tabla de madera entre mi plaza de garaje y la suya, lo que me dificulta el uso de mi plaza. Los estatutos de mi comunidad incluyeron en su día (yo no estaba) un artículo en el que permiten que cualquier propietario cierre su plaza sin necesidad de pedir permiso. Es esto legal? No contraviene precisamente a la norma de que es necesario un acuerdo de todos los comuneros?
Gracias.
Me gustaMe gusta