Accidentes de tráfico durante el estado de alarma. ¿Quedan cubiertos por el seguro?

Desde esta mañana hay un mensaje que circula por todas las Redes Sociales: Recordad que en estado de alarma las aseguradoras no se hacen responsables de asistir y cubrir los accidentes de tráfico amparados por la póliza, salvo que se demuestre que el motivo del desplazamiento estaba autorizado según el RD 463/2020. ¿Esto es así realmente?

Pues bien, este estado de alarma, esta situación de emergencia sanitaria que estamos viviendo con el coronavirus, efectivamente puede tener incidencia también en la cobertura y riesgos excluidos de los seguros de responsabilidad civil. Hay que detenerse un momento en el concepto de “fuerza mayor”: un hecho involuntario (es algo completamente ajeno), imprevisible o que, incluso si hubiera podido ser previsto, sea inevitable.

Dicho esto, es una cláusula prácticamente común a todos los condicionados de pólizas el considerar riesgo excluidos aquellos siniestros ocasionados en caso de fuerza mayor, a menos que el asegurado pruebe que el siniestro no tiene relación. Tiene sentido, ya que al ser hechos no previsibles ni, en cualquier caso, evitables, las compañías aseguradoras no tienen ninguna manera posible de reducir riesgos o dar solución a este tipo de supuestos.

El Covid-19, desde que fue considerado por la OMS como pandemia global, ¿es un supuesto de fuerza mayor? Desde luego podríamos pensar que efectivamente así es; parece que cumple a la perfección con su definición jurídica.

En cualquier caso, es muy importante leer con detenimiento los condicionados tanto generales como particulares de las pólizas. No se tratará de la misma manera la fuerza mayor derivada de esta pandemia en lo relativo a la indemnización de daños derivados de un siniestro como por ejemplo desde el punto de vista de una asistencia en viaje (algo que a todas luces debe estar garantizado al 100%). En última instancia, tened en cuenta que incluso cuando cojáis el coche para un trayecto imprescindible, si es para adquirir productos comestibles, farmacéuticos o echar gasolina, por ejemplo, guardad muy bien los tickets de compra y justificantes. Como veis, en casos de fuerza mayor como este, si finalmente se excluyera la cobertura de aquellos supuestos en los que se produzca un accidente en un trayecto fuera de los contemplados en el Real Decreto, os corresponderá a vosotros la carga de la prueba frente a la compañía aseguradora.

UNESPA por el momento ha salido al paso en Redes Sociales mediante una nota de prensa aclarando que el seguro de automóviles funcionará como siempre durante el estado de alarma, manteniendo las garantías frente a terceros (responsabilidad civil) como las complementarias, de forma que en principio no debemos preocuparnos.

De todas formas, ya no solo para solventar esta cuestión sino también el tema de las multas, en el plano administrativo, es muy importante que conservéis los justificantes de gasolineras, supermercados, farmacias, etc… Y, por último, apelamos a la autorresponsabilidad de cada uno: no salgáis con el coche si no es estrictamente necesario. Y sin el coche, tampoco. #quédateencasa 

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